Ya está disponible el ADR del 2013 que entró en vigor el 1 de Enero pero que no es de obligado cumplimiento hasta el 1 de julio de este año. El ADR se modifica cada dos años, siempre los impares.

El texto integro en este enlace




Entre las modificaciones más destacables  podemos  citar:

  • que se establece una altura mínima para las marcas para bultos, que se refieren al número ONU, precedido de las siglas 'UN'.
  • se señala que las informaciones del expedidor al transportista se darán de forma trazable. 
  • obliga al llenador de cisternas de ocuparse de que las marcas están colocadas en la cisterna.
  • se amplían las restricciones de paso por túneles.


Proximamente analizaremos las modificaciones  y las comentaremos en el blog. Podéis consultar todas las modificaciones aquí y un resumen de las mismas aquí.


Los políticos de Baleares conectados mediante Twitter son abrumadora mayoría como podréis observar AQUÍ en Parlamento 2.0, cuyo autor es @dalvarez37.

En esté elaborado artículo se realiza un análisis de la presencia, comunidad, capacidad de escucha, actividad e influencia de los diputados y consellers pertenecientes al Parlament de los Illes Balears.

Algunos de nuestros asociados ya han activado su cuenta de Twitter. Animo a los restantes a que vayan creando sus cuentas.

Si el problema es el manejo de las nuevas tecnologías, os indico un tutorial sencillo en castellano para registrarse y crear la cuenta en Twitter: AQUÍ


Consulta aquí todo lo que tienes que saber sobre el consejero de seguridad de mercancías peligrosas.


El pasado jueves se presentó CliqIB al director general d'Universitats, Recerca i Transferència del Coneixement, Miguel Deyà, al gerente del Parc Bit, Miquel Bernat y a los gerentes de los demás clústers; CLAB, Clúster Audiovisual de les Illes Balears, BIOB, clúster tecnológico de les Illes Balears, turisTEC, clúster tecnológico para el sector turístico e IDimar, clúster del sector marino.
Podéis leer la noticia completa aquí




El mensaje protagonista durante el año 2012, Año europeo del agua, ha sido que la UE debe trabajar más para proteger los recursos hídricos de las presiones cada vez mayores.
Las conclusiones también incluyen otros campos como el aire, el clima, la biodiversidad y la contaminación.

Lee las conclusiones del Año europeo del agua



Los próximos 29,29 y 30 de Enero se celebraran el la Delegación del ICEX de Baleares entrevistas por videoconferencia con profesionales de las oficinas comerciales de España a Canadá, Índia y Puerto Rico.
El número de plazas está limitado, en caso de estar interesados se pueden inscribir el www.icex.es.

También puede consultar el calendario de las próximas acciones en;  calendario




Se modifican las tasas por el alta y la modificación de fichas toxicológicas en el registro de productos químicos, según la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Están obligados todos los que comercializan sustancias o mezclas químicas que soliciten el alta o la modificación en el registros del Instituto.
Consulta aquí las nuevas tasas

Podéis enlazar Prórroga convenio colectivo comercio productos químicos 2012 la Resolución de 26 de abril de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el acta de prórroga y modificación del Convenio colectivo de comercio al por mayor e importadores de productos químicos industriales, de droguería, perfumería y anexos.

FEIQUE y TECNALIA han participado en la iniciativa CRM_InnoNet, un proyecto para encontrar soluciones innovadoras en el ámbito de la sustitución de Materias Primas Estratégicas (Critical Raw Materials).
Se trata de encontrar soluciones sostenibles que puedan contribuir a mejorar la garantía de suministro de estas materias primas en un futuro, que se resume en cuatro reglas, las 4Rs: Reducir, Reutilizar, Reciclar y Reemplazar.
Lee la notícia completa

Les recordamos que tienen a su disposición toda la información relativa a las normativas REACH y CLP en la página de la European Chemical Agency ECHA


Simplemente recordarles las obligaciones que afectan en estos momentos a proveedores de sustancias y mezclas de productos acabados.


Fichas de datos de seguridad


Las fichas de datos de seguridad son la principal herramienta para garantizar que fabricantes e importadores comunican información suficiente a lo largo de la cadena de suministro con el fin de permitir una utilización segura de sus sustancias y mezclas.
Las fichas de datos de seguridad contienen información sobre las propiedades de las sustancias, sus peligros e instrucciones relativas a su manipulación, eliminación y transporte, así como medidas de primeros auxilios, lucha contra el fuego y control de la exposición.
Como proveedor, usted está obligado a facilitar una ficha de datos de seguridad en los siguientes casos:
  • sustancia (y, a partir del 1 de junio de 2015, una mezcla) clasificadas como peligrosas de conformidad con el Reglamento CLP.
  • mezclas clasificadas como peligrosas de conformidad con la Directiva «Preparados peligrosos»(hasta el 1 de junio de 2015).
  • sustancias persistentes, bioacumulativas y tóxicas (PBT) o muy persistentes y muy bioacumulativas (MPMB), conforme a la definición de REACH (anexo XIII), o
  • sustancias incluidas en la lista de posibles sustancias extremadamente preocupantes (SVHC).
En determinados casos también es necesaria una ficha de datos de seguridad para mezclas que no cumplen los criterios para su clasificación como peligrosas.
En los siguientes casos se precisa la actualización y la publicación de una nueva ficha de datos de seguridad:
  • tan pronto como se disponga de información nueva sobre los peligros u otro tipo de información que pueda afectar a las medidas de gestión del riesgo;
  • una vez que se haya concedido o rechazado una autorización con arreglo a REACH;
  • una vez que se haya impuesto una restricción de conformidad con REACH.
Los proveedores deben facilitar fichas de datos de seguridad actualizadas a todos los destinatarios a los que hayan suministrado la sustancia o la mezcla en los 12 meses anteriores, de forma gratuita.


Antes de salir a repartir las mercancias peligrosas debemos comprobar que lo llevamos todo a bordo para evitar infracciones.

El ADR en la sección 8.1.5 -equipamiento diverso y EPI's- dice que,

1- cada vehículo debe llevar,
    • un calzo
    • dos triángulos
    • líquido lava ojos
2- cada miembro del vehículo,
    • un chaleco
    • una linterna
    • unas gafas protectoras
    • un par de guantes de protección

3- si se llevan productos de la clase 8, corrosivosclase 3, líquidos inflamables; clase 4.1, materias sólidas inflamables; clase 4.3, materias que desprenden gases en contacto con agua; clase 9, materias y objetos diversos,
    • una pala
    • un recipiente colector
    • un obturador para alcantarillas
4- si se llevan productos con la etiqueta de peligro 2.3, gases tóxicos o de la clase 6.1, materias tóxicas,
  • una máscara de evacuación de emergencia

La pala y la linterna deben ser antichispas (de plástico), el cubo debe tener al menos 5 litros de capacidad y la alfombrilla debe resistir el líquido que pretende separar de las alcantarillas (plástico normal o siliconas si llevamos ácidos).


En definitiva, se recomienda evitar especular y adquirir un "kit"  
  ó http://www.cotonesaguirrezabal.es/prod3_kits2_fichas.php que cumple con la legislación, va empaquetado ocupando lo mínimo y no nos llevaremos sorpresas.

La Guía de Aplicación de RSE del sector Químico, elaborada por la Federación Empresarial de la Industria Quimica Española (FENIQUE), pretende orientar y prestar apoyo a todas aquellas compañías del sector interesadas en implantar, mejorar o avanzar en la gestión de sus políticas de RSE.
La Guía describe a modo de documento las áreas y ámbitos de gestión que podrían configurar la agenda de RSE de cualquier empresa del sector químico.

Guía de RSE

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